DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: RAFAELA DEL CARMEN VARGAS DE GRIÑAN Y FRANKLIN GRIÑAN NAPOLES Venezolana la primera de las nombradas, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nros. V.- 16.536.142, y Extranjero el segundo de los nombrados, mayor de edad, casados, titular del pasaporte Nº H427873, desde el día 06 de Mayo del año 2.011, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 226, del año 2011, en los libros de matrimonios llevados por ante el Registro Civil d.....