éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos SANTOS FELIPE CABEZA ROMAN Y VICENTA ROMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.684.864 y V-4.395.604 respectivamente, sobre unas bienechurias construidas sobre una Parcela de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (492,45 Mts2), ubicado en: Calle Venezuela, Casa N° 7-1, Sector Los Tanques, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua cuyos linderos y medidas son: NORTE: En 09,00 mts., con calle Venezuela, que su frente; SUR: En 11,10 mts., con casa que es o fue de la familia Mújica; ESTE: En 49,00 mts., con casa que es o fue de la familia Ojeda; y OESTE: En 49,00 mts., con casa que es o fue de la familia Baez, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a sal.....