D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los ciudadanos: JESÙS MARÍA CORRALES y ZADYS TAMARA HERNÀNDEZ PÉREZ, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nos V.- 7.277.637 y V.- 8.820.986 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que Los une, contraído en fecha: diez (10) de septiembre de 1.983, por ante el CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA; Según se evidencia en el Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 26. En los términos expuestos en la presente solicitud, y así se establece.
Publíquese, regístrese y, déjese copia certificada para el archivo de este Tribunal......