DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud de Ratificación al cargo de Albacea Testamentario, interpuesta por el ciudadano: GUILLERMO ENRIQUE MIRELES APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 8.779.494, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Nº 232.813, y así se decide
SEGUNDO: Se insta al ciudadano: GUILLERMO ENRIQUE MIRELES APARICIO, titular de la Cédula de Identidad N° 8.779.494, a que cumpla con las obligaciones como Albacea, establecidas en el testamento abierto dejado por el decujus Pedro German Alvarado, en virtud de su aceptación al cargo y a.....