CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Rafael Guillermo Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el divorcio solicitado por la ciudadana CARMEN LUISA SOTO DE QUIRPA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.116.328; por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial contraído con el ciudadano: ELIO ANTONIO QUIRPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.392.061, en fecha veintiocho (28) de agosto de 2003, por ante La Alcaldía del Municipio Julián Mellado del estado Guarico según consta del Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 25, Folios 28 frente al 29 frente, que corre inserta en el libro correspondiente a Matrimonios, llevados por Ante la mencionada Alcaldía dura.....