Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la Cuestión Previa del ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por la demanda CELIS ANDREINA LOPEZ MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.441.866, asistida por los abogados PEDRO JOSE BRIZUELA y ALEJANDRA MARIA TORREALBA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 161.741 y 185.828, respectivamente; en el juicio por ACCION REIVINDICATORIA, intentado por la ciudadana MILAGRO COROMOTO LOPEZ LAMEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.929.692, asistida por la abogada MARY CARMEN GUTIERREZ LAMEDA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 170.161. En consecuencia, la demandante tiene un plazo de cinco (05) días para proceder a subsanar dichos .....