Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por la abogada en ejercicio ZORA TEOLINDA ESCALONA, debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 37.025, actuando en representación de INVERSIONES M.C.L.V., C.A. SEGUNDO: La Parte Recurrida y el Beneficiario del Acto Administrativo no consignaron pruebas.