Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
Único: Se declara inadmisible la recusación propuesta por el ciudadano abogado Gustavo Trompiz, en su condición de defensor privado de los ciudadanos Edwuard Jesús García Seco, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 9.930.033 y Erwin Alain García Seco, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.137.165, en contra de la ciudadana abogada María Gabriela Tinoco, Jueza regente del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, para el conocimiento de la causa signada con el alfanumérico : IP41-S-2023-000129.