Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: Su Competencia para conocer el presente Acción de Amparo incoado por la defensa Publica abogado Jesús Guaramato, en su carácter de defensor público del ciudadano Edgar Emilio Herrera Peña, titular de la cédula de identidad Nº V. 26.681.234, en contra del Tribunal primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua.-
Segundo: Inadmisible la presente acción de Amparo incoada por la defensa Publica abogado Jesús Guaramato, en su carácter de defensor público del ciudadano Edgar Emilio Herrera Peña, titular de la cédula de identidad Nº V. 26.681.234, en contra del Juzgado Primero de Primera Ins.....