Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia el Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Esta Corte de Apelaciones se declara Competente para conocer y decidir de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por ciudadana Luisa Elena Calderón, titular de la cédula de identidad V.7.233.923, en su supuesta condición de madre del ciudadano Alberto José Rivas Calderón, titular de la cédula de identidad V.20.334.350, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Segundo: Se declara Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Luisa Elena Calderón, titular de la cédula de identidad V.7.233.923, en su supuesta condición de madre del ciudadano Alberto José R.....