Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: Su Competencia para conocer el presente Acción de Habeas Corpus incoado por: Alberto José Godoy, titular de la cedula de identidad V.- 6.235.351, actuando en su carácter de Defensa Técnica de los ciudadanos Miguel Dos Reis y Luís Eduardo Capelinha, titulares de la cedula de identidad V.-28.432.456, V-14.586.159, contra de la Jueza del Juzgado Primero de Primera instancia en función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción Judicial del estado Aragua.-
Segundo: Inadmisible la presente acción de Amparo contra actuaciones judiciales, incoada por el abogado: Alberto José Godoy, titular de la cedula de identidad V.- 6.235.351, actuando en .....