Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por la Abogada Haime Alexandra González Luna, en su carácter de defensora pública segunda en materia de violencia contra la Mujer adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua del ciudadano Luís Felipe Celis Escalona, identificado con la cédula de identidad número V.- 24.547.151, en contra de la decisión de fecha 26.02.2020 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito, de conformidad con el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
SEGUNDO: Se declara Inadmisible el presente Recurso de apelación interpuesto por la Abogada Haime Alexandra G.....