PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 10/02/2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Laboral Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: INADMISBLE la demanda interpuesta por el ciudadano OSCAR CHAPARRO VELEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.695.870, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA y la entonces ASOCIACIÓN CIVIL INCE ARAGUA, A.C. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.