Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por las parte accionante en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de julio de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JAIRO LEONARDO GANDICA DUQUE y JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 9.129.103 y 7.108.536, y en consecuencia se condena solidariamente a las sociedades mercantil.....