PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión definitiva dictada en fecha 20 de Abril de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos.. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN INTERPUESTA; y en consecuencia se declara: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos MARÍA MORÁN, LINO VELIZ, JOSÉ BERNARDO ORTIZ y DAVID CONTRERAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.275.851, 5.265.200, 5.278.592 y 5.543.937 respectivamente y en ese orden; contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), inscrita ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20-06-1930, bajo el N° 76, Tomo 119-A. TERCERO: Con.....