: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionada, en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 18/05/2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana MARÍA YBELISE GARCÍA GARCÍA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.218.163, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), inscrita ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20-06-1930, bajo el N° 76, Tomo 119-A. TERCERO: CON LUGAR la solicitud de Jubilación Especial realizada por la accionante, en los términos establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: SE ORDENA la devolución por parte de la accionante de la cantida.....