Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionada, en contra de la decisión contenida en el acta de fecha 20/09/2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO:, y en consecuencia se REVOCA la anterior decisión. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de que el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, fije por auto expreso oportunidad para el pronunciamiento del dispositivo del fallo, sin necesidad de notificación de las partes, en la presente causa. TERCERO: Por la naturaleza de la presente decisión, no hay con.....