declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionada, en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 15/03/2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MARCOS ALEJANDRO GUZMÁN AZUAJE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.212.312, contra la sociedad mercantil MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A. (MANPA), inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 31-03-1950, bajo el N° 379, Tomo 1-B; y en consecuencia SE CONDENA, a la demandada, ya identificada, a cancelarle al accionante, ya identificado, la cantidad Treinta y Cinco Millones de Bolívares (Bs.35.000.000,00) por concepto de daño.....