Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 31 de mayo de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: INADMISBLE la demanda interpuesta por los ciudadanas JUAN SALAZAR, NATIVIDAD DEL VALLE FUENTE, ROMER VILORIA y JUAN DE DIOS GAMEZ ARIAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 12.929.585, 6.639.950, 12.122.770 y 7.175.376 respectivamente, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ARAGUA. TERCERO: Dada la naturaleza de la present.....