declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionada, en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 14/02/2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos LEONARDO QUINTANA PARRA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.265.469, contra la sociedad mercantil VIDRIOS VENEZUELA, S.R.L, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 01-09-1986, bajo el N° 17, Tomo 12-B, y en consecuencia SE CONDENA, a la demandada, ya identificada, a cancelarle al accionante, ya identificado, la cantidad Tres Millones de Bolívares (Bs.3.000.000,00) por concepto de daño moral, cantidad que será indexada a par.....