Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 13/01/2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Laboral Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: INADMISBLE la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ AGUSTIN PEDRIQUEZ ARGOTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.277.818, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ¿ ente tutelar DEL CENTRO NACIONAL PARA LA FORMACIÓN EN MECÁNICA AUTOMOTRIZ - CEMA. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en.....