DECISIÓN
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación, contra la decisión proferida por este Juzgado, en fecha 19 de enero de 2023. SEGUNDO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano EESL y contra la empresa IMPROYFER J&J 2012, C.A., y solidariamente INDUSTRIAS DEL MAÍZ, C.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. TERCERO: Conforme a la previsión del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. CUARTO: Se acuerdan las copias certificadas solicitadas por las partes.