D E C I S I Ó N
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda de amparo interpuesta por el ciudadano AGA, ya identificado, contra la decisión de fecha 26 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay.