DECISIÓN
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre la ciudadana MARELIS SANCHEZ y la empresa DROGUERIA COBECA CENTRO, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Conforme a la previsión del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y remítase el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de su distribución al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay, para el cierre y archivo del mismo.