declara CON LUGAR la acción de PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, interpuesta por el ciudadano: NICOLA ANTONIO CASCARANO MILANO, antes identificado, padre biológico de las ciudadanas adolescentes: OMITIR NOMBRES, actualmente de quince (15) y catorce (14) años de edad, ya identificadas, en contra de la ciudadana: YOLANDA JOSEFINA RIVAS MACHI, madre biológica, antes identificada, con fundamento en los literales c) e i) del artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 347, 348, 353, 357 eiusdem. Se condena a la parte demandada ciudadana YOLANDA JOSEFINA RIVAS MACHI al pago de las costas, de conformidad con el contenido del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en la presente demanda. ASÍ SE DECIDE.