Acuerda: La Colocación Familiar y representación legal del niño OMITIR NOMBRE, en el hogar de los abuelos paternos ciudadanos Ingrid Susana Rangel de Fernández y Carlos Michael Fernández Meza, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-8.025.586 y V-8.040.893, en su orden, aplicando de esta manera la Medida de Protección en Colocación Familiar, de conformidad con el Artículo 126, literal "I" y 400 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo éste permanecer en el hogar de los mencionados ciudadanos, quienes los representaran legalmente y se obligan a brindarles la asistencia material, vigilancia, la orientación moral y educativa del niño, así como la facultad de imponerle correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, igualmente a velar por el bienestar e integridad física del mismo; de conformidad con lo dispuesto en los artículos antes indicados. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la pa.....