Declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN y AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA y BONOS ESPECIALES incoada por la ciudadana YUDITH JOSEFINA MONSALVE HERNANDEZ, ya identificada, en contra del ciudadano: CARLOS ALBERTO HERNANDEZ LEON, igualmente identificado, a favor de los ciudadanos niños: OMITIR NOMBRES, de once (11) y diez (10) años de edad respectivamente. En consecuencia, de conformidad con el artículo 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se aumenta a la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.180.000,oo) como obligación alimentaría, que corresponde al veintinueve punto treinta y un por ciento (29,31%) del salario mínimo urbano actual, decretado por el Ejecutivo Nacional en la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLIVARES. (Bs. 614.790,oo). Así mismo, se aumentan los bonos especiales, el del mes de agosto en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,oo) para que el padre contribuya con los.....