DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana MARIA VIRGINIA CALDERON RONDON, ya identificada, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO MARQUEZ GUERRERO, igualmente identificado, en beneficio de su hija, la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, de cinco (05) años de edad, en consecuencia, SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en beneficio de la niña de autos, en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.250.000,oo) mensuales, equivalente al cuarenta y ocho con setenta y nueve por ciento (48,79%) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual corresponde a la cantidad de quinientos doce mil trescientos veinticinco bolívares (Bs.512.325,oo). Igualmente, SE FIJA UN BONO ESPECIAL para el mes de Agosto en la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00 CENTIMOS (Bs.400.000,00), equivalente al setenta y ocho con cero siete por ciento (78,07%) del salario decretado por Ejecutivo Nacional arriba indicado. Asimis.....