DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos: LUIS ALBERTO MORENO ROSALES y DARCY JAQUELINE VELASQUEZ RAMÍREZ, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado en fecha veintiuno (21) de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Arias, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 109. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERO: La Patria Potestad sobre la hija, la adolescente: OMITIR NOMBRE, la ejercerán conjuntamente ambos padres. SEGUNDO: La Guarda y Custodia sobre la referida hija, la ejercerá la progenitora DARCY JAQUELINE VELASQUEZ RAMÍREZ. TERCERO: En cuanto a la Obligación Alimentaria, para la referida hija, e.....