HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: YARELIS NIULIBETH RODRIGUEZ CONTRERAS y LUIS FERNANDO VILLA LOZANO, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 16728 de Homologación de Fijación Obligación Alimentaria y Bonos. CÚMPLASE.-