DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos ROGER FRANKLIN RANGEL MAVARES e YLENIA LUCIA PEREZ SANCHEZ, plenamente identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según Matrimonio Civil celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, el día veinte (20) de Junio de mil novecientos noventa y seis, según Acta Nº 23. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad de la niña Omitir Nombres. La Guarda y Custodia será ejercida por la madre ciudadana YLENIA LUCIA PEREZ SANCHEZ. En cuanto a la Obligación Alimentaria, el padre ciudadano ROGER FRANKLIN RANGEL MAVARES, aportará la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,00) MENSUALES, los cuales se compromete a depositar los primeros tres dí.....