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jueves, 15 de agosto de 2013
RECESO JUDICIAL 2013
Esta Rectoría de conformidad con la Resolución N° 2013-0021, de fecha 31 de julio de 2013, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, donde se acuerda el Receso Judicial 2013, se procede a la publicación de la presente Resolución.
 
Caracas, ocho (08) de agosto de dos mil trece (2013).

203º y 154º





RESOLUCIÓN Nº 003-2013



En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Reglamento sobre el Juez Rector Civil y el Consejo Judicial Civil, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 36.794 de fecha 24 de septiembre de 1999.





CONSIDERANDO



Que la Resolución N° 2013-0021, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 31 de julio de 2013, resolvió que:



“PRIMERO: Ningún Tribunal despachará desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2013, ambas fechas inclusive. Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley.

Los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes.



Aquellos jueces que no tengan un (1) año en el ejercicio del cargo, no podrán disfrutar del referido receso judicial, acordado en la presente Resolución.



SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia también permanecerá de guardia durante el receso judicial (…)”.



CONSIDERANDO

Que el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que debemos garantizar una administración de justicia, responsable, equitativa y expedita.







CONSIDERANDO

Que de acuerdo al Memorando emanado de la Magistrada Yris Peña Espinoza, Presidenta de la Sala de Casación Civil, mediante el cual informa a todos los Jueces Rectores a Nivel Nacional, que todos los tribunales del Área Civil, deberán acoger el Receso Judicial 2013, por lo cual es necesario dejar un Tribunal por instancia para el conocimiento de cualquier eventualidad que se suscite durante este periodo en aras de garantizar el acceso a la justicia.



RESUELVE



Artículo 1. Dictar la presente Resolución para regular las actividades de los Juzgados adscritos a la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, durante el receso judicial del año 2013, de conformidad con la Resolución N° 2013-0021, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 31 de julio de 2013.

Quedan excluidos de la presente Resolución los Juzgados del Circuito Judicial Laboral y del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas.

Se incluye listado con todos los tribunales de guardia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.





Artículo 2. Los jueces podrán disfrutar del Receso Judicial 2013, los cuales les serán imputados al período vacacional 2012-2013, haciendo uso del quinquenio correspondiente según sus años de servicio, y deberán informar a la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.





Artículo 3. El Juez que haga uso del disfrute de sus vacaciones y exceda el período del receso judicial 2012-2013, deberá notificarlo ante la Rectoría, así como la fecha de reintegro, todo ello en virtud que debe hacer uso del disfrute total del período vacacional 2013.





Artículo 4. Los Juzgados Superiores Séptimo y Décimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, permanecerán de guardia desde el día 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2013, ambas fechas inclusive, lapso correspondiente al receso judicial 2013.



Harán uso del receso judicial 2013, los jueces de los Juzgados Superiores: Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto,
 
Autor:
  Rectoría del Área Metropolitana de Caracas
 
Fecha de Publicación:
  15/08/2013
Correo Electrónico
  rectoriacaracas@gmail.com
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