REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos
de Violencia contra la Mujer del estado Aragua.
Maracay, 10 de febrero de 2025
Años: 214º y 165º
Juez Ponente: Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo.-
I. Identificación de las partes y la causa.-
Asunto Principal: DP01-S-2017-001837
Asunto : DP01-R-2024-000071
Imputados: Moisés Siso Reina, identificado con la cédula número V.8.560.113.-
Defensora publica: Abogada Francesca Mosquera, defensora pública Décimo Sexta (16°) encargada de la Defensoria Primera (1ª) en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua.-
Víctima: A.V.M.S y A.D.M.S (se omiten identidades de conformidad con los artículos 65 de la Ley Orgánica Para la Protección De Niños, Niñas y Adolescentes) .-
Vindicta Pública: Abogada Verónica Ortega, Fiscal Provisorio de la Fiscalia Undécimo (11º) del Ministerio Público de la circunscripción judicial del estado Aragua, con competencia en materia de ejecución de la sentencia de la circunscripción judicial del estado Aragua .-
Motivo: Recurso de Apelación de Sentencia.-
Procedencia: Tribunal de Primera (1ª) Instancia en función de Ejecución, del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua.-
Decisión Nº 0020-2025.-
Decisión Juris Nº Sin Sistema.-
II. Síntesis de la controversia.-
Han subido las presentes actuaciones judiciales a la Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en virtud del recursos de Apelación de Auto interpuesto por la abogada Francesca Mosquera, defensora publica Décimo Sexta (16°) encargada de la Defensoria Primera (1ª) en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensora publica del ciudadano Moisés Siso Reina, identificado con la cédula número V.8.560.113, en contra de la decisión de fecha 10/12/2024, dictada por el Tribunal de Primera (1ª) Instancia en función de Ejecución, del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, en la causa signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2017-001837 (nomenclatura interna del Tribunal de origen), donde la Jueza del tribunal supra mencionado declara improcedente la solicitud realizada por la defensa pública del ciudadano Moisés Siso Reina, ya identificado, donde solicita la libertad plena de su defendido en el presente asunto.
En este sentido, esta Alzada dictó auto de entrada en fecha 28/01/2025, en la causa signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-R-2024-000071 (nomenclatura interna de esta alzada), que guarda relación con la causa principal signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2017-001837 proveniente del Tribunal de Primera (1ª) Instancia en función de Ejecución, del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, asimismo, luego de su distribución por el sistema Juris 2000, le corresponde conocer de la ponencia al Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo, Juez Presidente e integrante de este órgano judicial colegiado especializado, a los fines de que se pronuncie ante la pretensión explanada por la abogada actuante.
Así las cosas y encontrándose en el lapso legal para ello, procede esta Alzada a verificar el cumplimiento de los requisitos de Admisibilidad del Recurso de Apelación de Auto, de conformidad con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del último aparte del artículo 83 del la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y se decide:
1º Se verifica que la abogada Francesca Mosquera, defensora publica Décimo Sexta (16°) encargada de la Defensoria Primera (1ª) en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, se encuentra legitimada para interponer el presente recurso por cuanto se observa de la solicitud presentada en fecha 05/06/2024 por la ciudadana Sanabria Margarita, en su condición de familiar directo del condenado, a los fines de solicitar se le designe un defensor publico y del oficio N°IE-0646-2024 de fecha 10/06/2024 donde se solicita un defensor publico al ciudadano Moisés Siso Reina, identificado con la cédula número V.8.560.113, que corre inserta del folio ciento cincuenta y cuatro (154) al folio ciento cincuenta y seis (156) de la causa principal signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2017-001837 (nomenclatura interna del tribunal de origen).-
2º A fin de determinar si el recurso fue interpuesto tempestivamente, la Corte observa: Que el escrito recursivo fue interpuesto en fecha 19.12.2024, es decir, antes del tercer día despacho, tal como se evidencia del computo cursante en el folio treinta y dos (32) del cuaderno separado del recurso de Apelación de Auto, emanado del Tribunal de Primera (1ª) Instancia en función de Ejecución, del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua; por lo que esta corte se pronunciará al respecto dentro del lapso legal establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, aplicable vista la especialidad de la materia tal como lo precisa el artículo 83 ídem.. Y así se determina.-
3º Y por último, se verifica que la decisión contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley, siendo lo procedente en derecho Admitir el presente recurso de Apelación de Auto con fundamento en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Reforma a la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Y así se decide.-
III. Decisión.-
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada Francesca Mosquera, defensora publica Décimo Sexta (16°) encargada de la Defensoria Primera (1ª) en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensora publica del ciudadano Moisés Siso Reina, identificado con la cédula número V.8.560.113, en contra de la decisión de fecha 10/12/2024, dictada por el Tribunal de Primera (1ª) Instancia en función de Ejecución, del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, en la causa signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2017-001837 (nomenclatura interna del Tribunal de origen), conforme al artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable supletoriamente por imperio del último aparte del artículo 83 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Segundo: Esta Corte de Apelaciones se pronunciará ante la controversia jurídica dentro de los cinco (5) días siguientes, de conformidad con la parte in fine del artículo 131 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, aplicable vista la especialidad de la materia tal como lo precisa el artículo 83 ídem.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Integrantes de la Corte,
Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo,
Juez Presidente (Ponente).
Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez, Jueza Superior.
Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona,
Jueza Superior.
Abg. María José Pérez García,
Secretaria.
En la misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado.
Abg. María José Pérez García,
Secretaria.
Asunto: DP01-R-2024-000071.
Decisión de Corte Nº 0020 -2025.-
Decisión Juris Nº Sin sistema .-
AECC/MBMS/YCAC/MJPG.-