REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 10 de noviembre del 2025.-
215° y 166°.-
SOLICITANTE: ELDA GISELA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Identificada con la Cédula de Identidad N°. V-3.515.641, actuando en este acto en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EILEEN CAROLINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, identificada con la Cédula de Identidad N°. V-9.664.716, según poder debidamente notariado por ante la Notaria Publica Quinta de Maracay Estado Aragua de fecha 20 de diciembre del 2023, inserto bajo el N° 43, Folio 280, Tomo 19, año 2023.
ABOGADO ASISTENTE: ADRIANA MARIA LARRABURE RUEDA, Inscrita en el inpreabogado Bajo el N° 84.205.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITUD: T1M-M-14.019-25
DECRETO DEFINITIVO.
Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana ELDA GISELA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Identificada con la Cédula de Identidad N°. V-3.515.641, actuando en este acto en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EILEEN CAROLINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, identificada con la Cédula de Identidad N°. V-9.664.716, según poder debidamente notariado por ante la Notaria Publica Quinta de Maracay Estado Aragua de fecha 20 de diciembre del 2023, inserto bajo el N° 43, Folio 280, Tomo 19, año 2023, así como las declaraciones rendidas por los ciudadanos CARLOS ALBERTO RUBIO MORALES y ITALY ESTEFANI ALBANESE SOLANO, identificadas con la cedula de identidad Nros. V-17.273.918 y V-23.518.420, respectivamente este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de Terceros, DECLARA de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil dichas pruebas suficientes para asegurarle a sus peticionarios ciudadana EILEEN CAROLINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, antes identificada, en sus condición de poseedora de las bienhechurías descrita en la presente solicitud, la cual se encuentra construida en un terreno Municipal, ubicada en el SECTO ARIAS BLANCO, CALLE ANDRES ELOY BLANCO, NRO. 23-A, MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, ESTADO ARAGUA, identificado con el numero catastral; 05-08-01-U-01-01-21-15. El terreno tiene un área de DOSCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTÍMETROS (219,61 Mts) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (165,64 Mts), cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: Con German Gamez, En siete Metros con Diez Centímetros (7,10 Mts); SUR: Con calle andres Eloy blanco (s/f), en doce Metros con sesenta centímetros (12,60 Mts); ESTES: Con Pedro Ramón Galindez Reyes (L.Q), en Veinticinco Metros con Noventa Centímetros (25,90 Mts) y OESTE: Con Antonio Ferraroto, en Veintitrés Metros con cero cinco Centímetros (23,05 Mts). Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones previa expedición de copias.
JUEZ PROVISORIO

ABG. LEONEL ALEJANDRO ZABALA
EL SECRETARIO,

ABG. HIDALGO SANCHEZ.
En horas de despacho se publicó la siguiente decisión.

EL SECRETARIO,

ABG. HIDALGO SANCHEZ.
Sol. N°T1M-M-14.019-25.- LZ/HS/np.-