REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 21 de Noviembre de 2.025
214° y 166°
Vista la anterior solicitud formulada por los ciudadanos CAGNASSO SAER CLAUDIO SANTIAGO GERARDO Y CAGNASSO SAER ATTILIO JOSEPH ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Ns° V- 18.782.357 y 18.782363 respectivamente y de este domicilio y las declaraciones rendidas por los ciudadanos ESCALONA MAGALLANES YONI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N.- V-7.222.276 y ESCALONA SUCRE YODELIS DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad Nº 26.038.186 respectivamente, este Tribunal como se pide, dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos CAGNASSO SAER CLAUDIO SANTIAGO GERARDO Y CAGNASSO SAER ATTILIO JOSEPH ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Ns° V- 18.782.357 y 18.782363 respectivamente, su condición de constructores y poseedores de las bienhechurias construidas sobre terreno Municipal y descritas en la presente solicitud las cuales se encuentran en ubicadas en la calle Principal, casa N º 04, sector Cuyagua, Municipio Ocumare de la Costa de Oro del Estado Aragua, con el numero catastral N° 05-18-01-URB-001-000-000-000-000-000. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones y déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE
ABG. ESTEBAN ZIEMS AGUILERA
LA SECRETARIA
ABG. JANETH PÉREZ
Sol. N° T3M-M-144-2025
EZA/JP