D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO,presentado por el ciudadano CARLOS ALFREDO TOVAR RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 23.797.939, asistido por el abogado GUSTAVO ANTONIO MILANO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.726; contra su cónyuge, ciudadana MARIA MARGARITA NIEVES ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 24.390.123, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, y dentro de las provisiones que contempla la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 1070/2016 de fecha 09 de diciembre de 2016. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia San Francisco de Asís del Municipio Zamora del Estado Aragua, en fecha: 16 de julio del año 2012, quedando asentada en Acta N° 158, Folio N° 158, Tomo I, del Año 2012 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho registro.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veinte (20) día del mes de abril de 2026. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA


LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-5612-25
BA/SQ/ag