| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 14 de Abril de 2026
Años 214° y 166°

EXPEDIENTE N°. TMP -8121-26
PARTE SOLICITANTE: LEONARDO JAVIER LORENZO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.067.502.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano LEONARDO JAVIER LORENZO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.067.502.
Ahora bien, tras una revisión detallada de los recaudos anexos y el escrito de solicitud, se observó, que su petitorio no ha sido visada por el abogado asistente, requisito indispensable de conformidad con el artículo 6 de la Ley de abogados, el cual estipula que la firma del abogado al margen del documento, significa que los mismos han sido redactados por aquel, no cursa inserto autorización del Comité de Tierras Urbanas (C.T.U), Ficha Catastral emanada por la alcaldía del Municipio Libertador del estado Aragua, en consecuencia, este Tribunal INSTA al solicitante a subsanar el defecto u omisión señalado y consignar la documentación respectiva, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los catorce (14) días del mes de Abril de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA



EXP. Nº TMP-8121-26. -
BA/SQ/RM.-