REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 23 de Abril de 2026
Años 214° y 166°
EXPEDIENTE N°. TMP -8130-26
PARTE SOLICITANTE: ANA TERESA MELENDEZ CADENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.190.259.
ABOGADO ASISTENTE: JORGE RAFAEL MANAURE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 231.964.-
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ANA TERESA MELENDEZ CADENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.190.259, asistida por el abogado JORGE RAFAEL MANAURE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 231.964.
Ahora bien, tras una revisión detallada de los recaudos anexos, se constata que no cursa inserto original del acta de nacimiento de la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN MELENDEZ CADENAS, titular de la cedula de identidad N° V-7.929.357, original del acta de nacimiento de la ciudadana ANA TERESA MELENDEZ DE MANAURE, titular de la cedula de identidad N° V-8.190.259, acta de matrimonio del de cujus MANUEL MELENDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-889.200, declaración sucesoral emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en el acta de defunción del de cujus se observó que no están todos los herederos nombrados en el petitorio de solicitud, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la solicitante a consignar:
1. Acta de defunción de la ciudadana Alejandrina Cadenas de Meléndez y/o declaración sucesoral.
2. Copias certificadas de las actas de nacimiento de todos los herederos del de Cujus, Manuel Ignacio Meléndez Cadenas.
A los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los veintitrés (23) días del mes de Abril de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-8130-26. -
BA/SQ/RM.-
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