REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 24 de Abril de 2026
214º y 166°

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulado por la ciudadana MARIA MARTA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.726.560, asistida por la abogada ELSA CRISTINA LEON GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 240.848, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), ubicado en CALLE 20 DE ENERO ENTRE VEREDA “C” Y CALLE 18 DE OCTUBRE N° 23 BARRIO RAFAEL DORDELLYS MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA ESTADO ARAGUA. Identificada con el código Catastral N° 05-17-01-U01-049-014-014-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (127,40 Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (254,80 Mts2); y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: inmueble N° 25 lote 01, en (18,20 Mts), SUR: inmueble N° 21 lote 13, en (18,20 Mts), ESTE: inmueble N° 08 lote 02, en (07,00 Mts) y OESTE: calle 20 de enero, su frente, en (07,00 Mts) y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARIA MARTA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.726.560, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase. -
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECFRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA

Solicitud N° TMP -8102-26
BA/SQ/RM.