REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBRTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 06 de abril del 2026
215º y 166º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano WILSON NACHO VIEIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.174.085, asistido por la Abogada ELMIS VIERA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 85.813, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en ANTES AVENIDA GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA N° 109 BARRIO GUARUTO II Y AHORA AVENIDA GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA ENTRE AVENIDA CONSTITUCION Y CALLE ANDRES BELLO N° 109 BARRIO GUARUTO 2. Código Catastral N° 05-17-01-U01-069-007-013-000-000-000, con un área de terreno de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (437,69Mts2) y un área de construcción de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (114,20Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: inmueble N° 107-2 lote 14, en (32,50mts2). SUR inmueble N° 111 lote 12, en (32,50mts2). ESTE: inmueble N° 01-3 lote 10, en (13,50mts2). OESTE: Avenida Generalísimo Francisco de Miranda, que es su frente, en (13,50mts2), y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano WILSON NACHO VIEIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.174.085, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7685-25
BA/SQ/ag
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