Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano RICARDO ANTONIO HENRIQUEZ ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.843.513, asistido por la Abogada DANIELA ESCORCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 322.184, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en CALLE JULIO SANTOS N° 10, SECTOR SANTA ANA, PALO NEGRO. Código Catastral N° 05-07-02-U01-038-078-029-000-000-000, con un área de terreno de MIL TRESCIENTOS TRENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (1331,89Mts2) y un área de construcción de TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS (371,61Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: con casa N° 13 y N° 15. SUR con casa N° 10-1 y calle julio santos, su frente. ESTE: con casa N° 08 y N° 10-1. OESTE: con casa N° 12, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano RICARDO ANTONIO HENRIQUEZ ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.843.513, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-8062-26
BA/SQ/ag