En relación a la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS VÍCTOR BARRIOS JARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.010.041, actuando en nombre propio y en representación de la ciudadana YAJAIRA ALICIA OLIVAR MERLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.886.647, donde solicita que sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, KIRBY DANIEL BARRIOS OLIVAR, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.693.194, fallecido ab-intestado en fecha 04 de Julio de 2025. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos YAJAIRA ALICIA OLIVAR MERLO y CARLOS VÍCTOR BARRIOS JARA, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, KIRBY DANIEL BARRIOS OLIVAR, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.693.194, fallecido ab-intestado en fecha 04 de Julio de 2025, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Girardot del estado Aragua. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA. -
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro. Años 215 ° de la Independencia y 167° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha se le dio cumplimiento al auto que antecede y se devuelve constante de ( ) folios utiles.-

LA SECRETARIA

Solicitud Exp. Nº TMP-8109-26.-
BA/SQ/lp.-