REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY



EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 24 de abril de 2026
216º y 167º

Por recibida en fecha 16 de abril de 2026, en el marco del operativo Tribunales Móviles de la Comuna Gerson Cañizales, en la sede de la Universidad José Antonio Páez Municipio Mario Briceño Iragorry, del Estado Aragua, y vista la anterior solicitud de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por la ciudadana LIZKEYLA VANESSA SIERRA DONAIRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.305.016, debidamente asistida por la profesional del derecho EUNICE DONAIRE RAVELO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.377, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO


DASA/BTM/zs
SOL. N° T2M-M 058-26























EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 24 de abril de 2026
216º y 167º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana LIZKEYLA VANESSA SIERRA DONAIRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.305.016, en su carácter de causahabiente de la ciudadana: EXCY RAMONA DONAIRE RAVELO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro V- 13.573.563, quien falleció en fecha 25 de marzo de 2026, tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, Turmero, Estado Aragua; inscrita bajo el Nro. 93, folio 93, tomo I, año 2026; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO


DASA/BTM/zs
SOL. N° T2M-M 058-26