REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
En el día de hoy, 29 de abril de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentado dijo ser y llamarse ANA MIREYA GUZMAN PEÑA, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.566.256 Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el de cujus, falleció el día 20 de octubre de 2020. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadano MANUEL INOCENTE FLORES ARAQUE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-3.293.879, deja como herederos a los ciudadanos RITA AREVALO DE FLORES, MANUEL ALEXANDER FLORES AREVALO, MIGUEL ANDRES FLORES AREVALO y MARIA ALEJANDRA FLORES AREVALO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- 3.841.402, V-9.687.399, V-15.993.565, y V-17.984.607 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/cg
SOL. N° T2M-M-057-26
En el día de hoy 29 de abril de 2026, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentado dijo ser y llamarse DAVID JESUS AGUILERA ESCOBAR, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.658.555. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el de cujus, falleció el día 20 de octubre de 2020. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadano MANUEL INOCENTE FLORES ARAQUE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-3.293.879, deja como herederos a los ciudadanos RITA AREVALO DE FLORES, MANUEL ALEXANDER FLORES AREVALO, MIGUEL ANDRES FLORES AREVALO y MARIA ALEJANDRA FLORES AREVALO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- 3.841.402, V-9.687.399, V-15.993.565, y V-17.984.607 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/cg
SOL. N° T2M-M 057-26
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 29 de abril de 2026
215º y 167º
Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: RITA AREVALO DE FLORES, MANUEL ALEXANDER FLORES AREVALO, MIGUEL ANDRES FLORES AREVALO y MARIA ALEJANDRA FLORES AREVALO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- 3.841.402, V-9.687.399, V-15.993.565, y V-17.984.607 respectivamente, en su carácter de causahabientes del ciudadano: MANUEL INOCENTE FLORES ARAQUE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-3.293.879, quien falleció en fecha el día 20 de octubre de 2020, tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua inserta bajo el Nro. Acta 069, Folio 069, Tomo 1 año 2020; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/cg
SOL. N° T2M-M 057-26
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 29 de abril de 2026
215º y 167º
Por recibida en fecha 16 de abril de 2026, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por la ciudadana RITA AREVALO DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.841.402, debidamente asistida por la profesional del derechoYNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/cg
SOL. N° T2M-M 057-26