REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITUD Nº9509
SENTENCIA Nº____-30042026
SOLICITANTE: MARIA SIMONA NAVARRO,venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad V-8.780.740respectivamente.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana;MARIA SIMONA NAVARRO,venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad V-8.780.740,respectivamente,conjuntamente con los recaudos anexos, tales como:Copias simples a Efectos videndi de sus originales del título de tierra Nº 2013.273, Registral 1 matriculado con el Nº 280.4.8.1.2354, correspondiente al libro de folio real año 2013; Copia de Declaración de únicos y universales herederos expediente Nº 8334, sentencia Nº26, Fecha: 19-10-2022,copia de sucesión José navarro, Rif: J504633127, Nº de planilla:2400037160, planilla sustitutiva Nº 2400047297 fecha: 16-05-25; copia de Documento protocolizado de lotificación Nº19, tomo: 3Folios: 201, fecha 8-9-25; copia de Cesión de Derecho Nº 2025-252, asiento registral 1 del inmueble Nº 280.4.8.1.331, año: 2025 certificado de empadronamiento Nº CE000025, plano de mensura LP-CE-01-26-000415, Copias simples de la Cedula de identidad, Copia Simple del Inpreabogado y Cedula de identidad y copias simples de cedula de identidad de los testigos,documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los Ciudadanos; FRANCISCO RAMON LEON HERRERA Y JOSE GREGORIO GONZALEZ PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.687.617 y V-19.418.624,respectivamentepromovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana:MARIA SIMONA NAVARRO,venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad V-8.780.740,respectivamente, sobre unas bienhechurías levantada sobre un Lote de terreno propiedad Privada, con una extensión de terrenos que cuenta conTRESCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, (338,57Mtrs2), Sector el rincón Banco obrero pasaje Michelena casa Nº 27 parcela Nº 2, Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: con 36,00+6,00+0,20Mts. con casa que es o fue de Máximo Pérez calle UrdanetaSUR.16,20+25,80 Mts Con casa que es o fue de Félix Navarro, ESTE:14,70+5,50 Mts con calle Michelena que es su frente, OESTE:15,70Mts con cerro los chivos, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los treinta (30) días del mes de Abril de Dos Mil veintiséis (2.026)
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. VILMARY FERNANDEZ
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. VILMARY FERNANDEZ
Solicitud N°9509
GCGB/VF/KC.-
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