Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano NELSON ELEAZAR SIRA CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-6.436.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.782, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos REYNA EVELIN ARRIOJAS CARDENAS, JHONNY ALBERTO CARDENAS y SANDRA ZILENIA CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.972.787, V-7.255.852 y V-7.255.843, respectivamente.
Ahora bien, tras una revisión detallada de los recaudos anexos y el libelo de solicitud, se observó, que en su petitorio presenta error en el nombre de la ciudadana SANDRA ZILENIA CARDENAS y error en el segundo nombre de la ciudadana REYNA EVELIN ARRIOJAS CARDENAS, aunado a ello en su escrito no coloco los metros del terreno ni de construcción además de los linderos del inmueble, así mismo en el plano de mensura el numero catastral no coincide con el de la ficha catastral emitida por la Oficina de Catastro de la alcaldía del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, en consecuencia, este Tribunal INSTA al peticionaria a que subsane el error en su solicitación y en el documento antes señalado a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los once (11) días del mes de Agosto de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-8261-26. -
BA/SQ/RM.-
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