REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITUD Nº 9604
SENTENCIA Nº___-1482026
SOLICITANTE: LISBETH MARGARITA DE COROMOTO PARADISI RANGEL, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.842.611.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana; LISBETH MARGARITA DE COROMOTO PARADISI RANGEL, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.842.611 respectivamente, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE004838, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los Ciudadanos; PEREZ GONZALEZ RAFAEL ANTONIO Y MORENO VILLASANA ARGYBELK AMELIA DEL CARMEN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.788.825 y V-17.512.836, respectivamente promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: LISBETH MARGARITA DE COROMOTO PARADISI RANGEL, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.842.611 respectivamente, sobre unas bienhechurías levantada sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que cuenta con DOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (245,70mt2) y un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (159,30mts2) Ubicado en Sector Centro, Calle Miranda Oeste, Nº19, Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 9,00mts. Antes con casa que es/ o fue de los herederos de Nicolas Almeida, calle Miranda en medio, ahora con calle Miranda oeste que es su frente. SUR. En 9,00mts. Con fondo de casa que fue de Mathias Paz González, ESTE: con 27,30 Mts. con Casa que fue de Jesús Esaa, OESTE: con 27,30Mts. Con casa que es /o fue de Mathias Paz González, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Catorce (14) días del mes de Agosto de Dos mil veintiséis (2.026)
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA
ABOG. YECENIA TOVAR
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA
ABOG. YECENIA TOVAR
Solicitud N°9604
GCGB/YT/VF.
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