Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana ANA SOFIA AUDIVETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.545.971, asistida por el Abogado JOSE CLEMENTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.382, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en CALLE ALTAMIRA CRUCE CON CALLE ATAMAICA N° 10, SECTOR LA PICA, PALO NEGRO. Código Catastral N° 05-07-02-U01-027-037-006-000-000-000, con un área de terreno de SEISCIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (623,55Mts2) y un área de construcción de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (477,25Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: con calle Altamira, su frente. SUR: con casa N° 11. ESTE: con calle Atamaica. OESTE: Con casa N° 08, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana ANA SOFIA AUDIVETT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.545.971, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7994-25
BA/SQ/ag