REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 22 enero de 2026
Años 214° y 165°
EXPEDIENTE N°. TMP -7989-25
PARTES SOLICITANTES: ZARITZA JOSELESTE LOPEZ CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.361.836.-
ABOGADA ASISTENTE: YAMARY GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº132.059.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ZARITZA JOSELESTE LOPEZ CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.361.836, asistida por la abogada YAMARY GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº132.059, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe incongruencia en los documentos emitidos por la oficina municipal de catastro, debidamente sellados y firmados, en cuanto a la dirección, los linderos y el numero catastral del inmueble, también se observa incongruencias en la autorización emitida por el comité de tierras urbanas y deben identificar el inmueble en el libelo, objeto de la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (22) días del mes de enero del (2026) Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
TMP -7989-25
BS/SQ/ag
|