REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, ________________________
215º y 166º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana RAIZA MARIA HERNANDEZ UTRERA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.205.920; debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIBEL ARAUJO, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 191.747; sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno; ubicado en: ANTES CALLE SUCRE N° 20, BARRIO SIMON RODRIGUEZ AHORA, CALLE SUCRE ENTRE CALLE RAUL LEONI Y CALLE RICAURTE N° 20 LOTE C, BARRIO SIMON RODRIGUEZ, identificada con el Código Catastral N° 05-17-02-U01-041-002-018-000-000-000, las cuales se encuentran construidas en un área de terreno de NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (99,67Mts2); y posee un área de construcción de SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (71,13Mts2); cuyos linderos son: NORTE: lote B inmueble N° 18 lote 11, en (09,70mts) SUR: calle sucre su frente, en (09,65mts), ESTE: lote D, en (14,54mts) y OESTE: lote A y lote B, en (06,72mts) y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por la solicitante y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana RAIZA MARIA HERNANDEZ UTRERA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.205.920, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase.-
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-_____-26.-
BAL/SQ/ag
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